Hola, Miguel.
Te comento que estuve preguntando todos los trámites para ejercer profesionalmente en la Argentina directamente al Ministerio de Trabajo de allá y esto fue lo que me respondieron, quizá pueda ayudarle a otras personas pertenecientes a las carreras administrativas y económicas. Este es el correo electrónico donde realicé la consulta: migraciones@trabajo.gob.ar
“Para poder trabajar en Argentina, los ciudadanos extranjeros deben primero tramitar una residencia que los habilite a ello en la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) o en los consulados argentinos en el exterior.
No pueden trabajar si tiene una residencia transitoria como.
Pueden entrar al país como turistas y hacer el cambio de categoría una vez aquí, pero en este caso deben solicitar turno previamente a través del sitio web de la DNM (para lo cual deberá contar previamente con certificado de antecedentes penales argentinos que expide el Registro Nacional de Reincidencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina: http://www.dnrec.jus.gov.ar/Atencion_Particulares.aspx).
Ud. puede consultar todas las delegaciones de la DNM a lo largo y ancho del país en: http://www.migraciones.gov.ar/accesible/indexP.php?delegaciones .
Como ciudadana colombiana tiene derecho a solicitar una residencia temporaria de dos años (renovable por una residencia permanente) por criterio de nacionalidad (Art. 23 inciso l, de la Ley 25.871 de Migraciones) es decir por el sólo hecho de ser nacionales de un país miembro o asociado al MERCOSUR (al día de hoy toda América del Sur), que los habilita a trabajar y/o estudiar y permite salidas y entradas al país sin limitación. No hace falta en este caso presentar oferta laboral ni que el posible empleador efectué ningún trámite frente a la DNM.
Una vez comenzado el trámite, la DNM le dará una residencia precaria (que es un certificado de residencia en trámite), con la cual puede obtener en ANSES el número de CUIL provisorio, imprescindible para trabajar en relación de dependencia y recibir los aportes por parte del empleador para su jubilación y su cobertura de obra social.
El CUIL lo obtiene presentando el certificado de la DNM y un documento de identidad o pasaporte vigente del país de origen. No hace falta tener DNI argentino para comenzar a trabajar, la residencia vigente correspondiente es lo que habilita a trabajar.
Con posterioridad recibirá el DNI argentino para extranjeros en el domicilio que informó, donde constatará el tipo de residencia migratoria obtenido y su duración y deberá obtener su CUIL definitivo.
En materia laboral no hay ninguna diferencia de derechos y obligaciones entre trabajadores argentinos y extranjeros, asimismo no existen cupos ni limitaciones para la contratación de extranjeros con la excepción de algunas actividades muy específicas. Asimismo ud. tiene derecho a la atención médica, más allá de su condición migratoria, en el sistema público de salud.
Para la convalidación de títulos, en la Página web del Sisco encontrara la información necesaria, tenga en cuenta que lamentablemente es un trámite que puede tardar un tiempo considerable, aunque ese tiempo es menor cuando existen Convenios para las revalidas de título como en este caso.
Para el ejercicio profesional debe efectivamente inscribirse en el Colegio Profesional de Ciencias Económicas del distrito donde vaya a residir una vez convalidado el título.
En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, ud. puede ver la información en la página web de su Consejo Profesional:
http://www.consejo.org.ar/matriculas/profesionales.html”