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Equipaje con Aerolíneas Argentinas

Equipaje Aerolíneas Argentinas

En ésta serie de posts les estoy contando las reglas de equipaje para viajar a Argentina, los elementos prohibidos o cómo deben llevar adecuadamente sus pertenencias a la hora de viajar por avión con Aerolíneas Argentinas. En ésta oportunidad veremos las limitaciones y normativas con Aerolíneas Argentinas.

Una de las cosas más importantes a la hora de viajar a Argentina es elegir la aerolínea que nos va a transportar hasta el Aeropuerto internacional “Ministro Pistarini” más conocido como Ezeiza.

Algunas personas me han contado sobre el viaje con Aerolíneas Argentinas, es una opción que ahora “considero buena”, los tiquetes están a precios económicos (incluso si siguen ésta guía de consejos) encontrarán la forma de hallar tiquetes mucho más económicos para viajar a Argentina.

Inicialmente les debo contar, que siempre que fui a las Agencias de Viaje para comprar el pasaje hacia Argentina me encontré que todos los vendedores me hacían el mismo comentario “No viajes con Aerolíneas Argentinas”.

Entre las razones que me daban para no viajar con ellos se encontraban “No tienen seriedad con los vuelos, te los cancelan o te los aplazan”. Sin embargo he de resaltar que otros visitantes de nuestro sitio web han viajado con Aerolíneas Argentinas e incluso destacan el buen servicio.

Actualmente Aerolíneas Argentinas se está recuperando de una “crisis inducida” por una mala administración, recientemente escucho mejores comentarios sobre ésta aerolínea.

Restricciones por Ruta

Dependiendo desde el país desde el que usted viaje y el destino existen determinadas restricciones de equipaje adicionales, aquí puede encontrar esas restricciones según su país:

Equipaje desde/hacia Brasil – Argentina 

Restricciones sobre cantidades

Artículos de higiene personal / perfumes, sin exceder 4 frascos de hasta 500 ml por pasajero.

Restricción sobre el tamaño del equipaje de mano

Ninguna.

Items de Duty Free

No específica.

Comentarios

Artículos exentos: Los encendedores comunes son permitidos (uno por pasajero dentro del equipaje de mano ).

Una lima de uñas metálica (inferior a 6 cm)

Una lapicera (tamaño menor a 15 cm)

Una máquina de afeitar plástica.

Un Spray médico adecuado para pasajeros asmáticos.

Equipaje desde/hacia Colombia – Argentina 

Restricciones sobre cantidades

  • Todos los líquidos, geles y aerosoles deberán transportarse en envases de una capacidad no superior a los 100 ml o su equivalente 3,4 oz. No deberán aceptarse líquidos, geles y aerosoles en envases de más de 100 ml, de capacidad, aunque el envase esté sólo parcialmente lleno.
  • Los envases deberán colocarse en un bolsa plástica resellable transparente de una capacidad máxima de un litro. Los envases deben entrar cómodamente en la bolsa plástica transparente, que deberá estar completamente cerrada.
  • La bolsa plástica deberá presentarse en el puesto de inspección para su examen visual debidamente separada de los otros artículos del equipaje de cabina, como abrigos, chaquetas, computadoras portátiles, para su inspección por separado por medio de rayos X.

Restricción sobre el tamaño del equipaje de mano

Sólo una bolsa por pasajero, que debe ser provista por él mismo.

Items de Duty Free

Quedan exentas de la medida los artículos que sean comprados en los Duty Free de los aeropuertos o a bordo de las aeronaves. En este caso, los líquidos, geles y aerosoles deberán estar embalados en un envase sellado, a prueba de manipulación indebida y exhibir una prueba satisfactoria de que el artículo se adquirió en las tiendas libres de impuesto del aeropuerto el día del viaje, tanto para los pasajeros que salen de un aeropuerto como para los que se encuentran en tránsito en él.

Si los productos se venden en bolsas selladas, tienen que permanecer cerradas hasta el fin del viaje.

Tripulación / Personal (Exentos)

Se desconoce.

Comentarios

Artículos exentos:

    • Biberones, leche materna o jugos en biberones, comida envasada para bebés o niños pequeños, en caso de que un bebé o niños pequeños estén viajando.
    • Los pasajeros con necesidades de dieta especial.
    • Las medicinas, líquidos (incluidos jugos) o geles para diabéticos u otras necesidades médicas (se recomienda portar la receta médica) podrán ser transportados en cantidades razonables presentándolos separadamente en los controles de seguridad, pero no dentro de la bolsa transparente.
    • En cuanto a estos artículos, se deberá contar con medios apropiados y proporcionados para verificar la naturaleza de los mismos.

Las restricciones se aplican a los siguientes productos no adquiridos en el Duty Free:

  • Agua, licores y cualquier otra bebida, sopas y jarabes.
  • Geles (de baño, champú, acondicionador, gominas, vaselina, etc.)
  • Cremas (hidratantes, maquillaje líquido, máscara de pestañas, corporales, de manos, dentífrica, etc.)
  • Colonias, perfumes y lociones
  • Gel en barras (desodorantes, etc.)
  • Aerosoles o contenedores presurizados (desodorantes, espumas o gel de afeitar)
  • Mantequilla, queso de untar, bocadillos, arequipes, gelatinas preparadas, brevas con arequipe, – Gelatinas de Pata, Masmelos, Pulpas de Fruta y Tumes.
  • Otros artículos de consistencia similar.
  • Sí están permitidos sin ningún tipo de restricción: barra de labios, maquillaje en polvo, colorete, polvos de talco y queso en bloque.
Equipaje desde/hacia Estados Unidos “USA” – Argentina 

Restricciones sobre Cantidades

Una bolsa de plástico transparente con cierre hermético con capacidad de un 1 L (~1 qt) en tamaño y hasta 100 ml o su equivalente 3,4 oz por cada envase / recipiente.

Restricción sobre el tamaño del equipaje de mano

Medidas máximas permitidas: 35cm /14inch de ancho, 55cm/22 inch de alto y 25cm/ 10 inch de profundidad..

Items de Duty Free

Están permitidos siempre y cuando sean procedentes de Canadá o EE.UU. (si fueron adquiridos después del control de seguridad).

Si fueron adquiridos antes del control de seguridad o desde un lugar que no sea Canadá o EE.UU. los mismos deben ser colocados dentro del equipaje despachado.

Tripulación / Personal (Exentos)
Sí.

Comentarios
Se permite a los pasajeros pasar los controles de seguridad con líquidos, artículos en gel y/o en aerosol. Estos artículos deben estar contenidos en envases cuya capacidad no exceda los 100ml o su equivalente 3,4oz y dentro de una bolsa plástica transparente con cierre hermético y un tamaño no mayor a un litro de capacidad, tanto para vuelos desde y hacia EE.UU. como para aquellos que parten desde la U.E.

  • La bolsa plástica que contenga dichos artículos debe estar completamente sellada y será revisada con rayos X en forma separada en los controles de seguridad.
  • Entre estos artículos se incluyen: champú, lociones bronceadoras, cremas, pasta de dientes, gel para el cabello, fijador para el cabello en spray, cosméticos líquidos y otros
  • Fósforos de seguridad “PERMITIDOS”(carterita / cajitas tipo libritos) hasta (4) sóloen el equipaje de mano, pero están PROHIBIDOS todo tipo de fósforos transportados en el equipaje de bodega.
  • Fósforos de fácil encendido, “PROHIBIDOS” (los que pueden encenderse con facilidad en cualquier tipo de superficie)no están autorizados su embarque, tanto en el equipaje de mano como en el equipaje despachado.

A partir del 04 de Agosto para vuelos domésticos dentro de Estados Unidos se exige que los siguientes artículos electrónicos sean retirados de sus estuches y sometidos por separado a una inspección por rayos X:

  • Laptops (Notebooks, Computadoras Portátiles)
  • Consolas de Videojuegos de gran tamaño (Playstation®, X-box®, o Nintendo®)
  • Reproductores de DVD
  • Vídeo Cámaras que utilizan vídeo cassettes
  •  Dispositivos CPAP (Para eltratamiento de apnea del sueño, dispositivo de presión positiva continua en vía aérea. CPAP por sus iniciales en inglés). El dispositivo de CPAP tiene una máscara, tubos y un ventilador.
  • Otros artículos electrónicos portátiles pequeños no necesitarán ser retirados de sus estuches o forros.
  • Los pasajeros podrán transportar en su equipaje de mano, jeringas y agujas para la aplicación de medicación que así lo requiera, siempre que la bolsa plástica contenedora esté identificada con el nombre del pasajero y la medicación.
  • A partir del 13 de Marzo de 2009, se realizará en forma aleatoria la inspección del calzado del pasajero, aún aquellos transportados en su equipaje de mano. También se llevará a cabo la inspección física y minuciosa de abrigos y camperas.
Equipaje desde/hacia Perú – Argentina 

Restricciones sobre cantidades

A partir del 1 de Agosto de 2007, todos los líquidos deben ser transportados en envases de una capacidad no superior a los 100 ml o su equivalente 3.4 oz, aunque el envase no esté totalmente lleno. Los envases que contienen líquidos, aerosoles y/o geles(LAG) deben ser colocados en una bolsa de plástico transparente con cierre de seguridad (zip) a prueba de manipulación indebida con las siguientes características:

  • Capacidad máxima: 1 litro
  • Dimensiones: 20.5 cm x 20.5 cm o 15 cm x 25 cm.
  • Material: Polietileno de baja densidad y alta resistencia al impacto.
  • La bolsa plástica debe presentarse en el puesto de inspección para su examen visual.

Restricción sobre el tamaño del equipaje de mano

Sólo una bolsa por pasajero. Se presentará separadamente del resto del equipaje de mano para la inspección.

Items de Duty Free

Pueden ser adquiridos en las tiendas libres de impuestos del aeropuerto, o a bordo de las aeronaves, a condición de que los líquidos estén embalados en una bolsa de seguridad a prueba de manipulación indebida (STEB), y que se proporcione una prueba satisfactoria (recibo de compra) de que el artículo se adquirió en las tiendas libres de impuestos del aeropuerto, o a bordo en el (los) día(s) del viaje para los pasajeros que salen de un aeropuerto o se encuentran en tránsito en él.

Los recibos deberían ir dentro de la STEB, de manera que su anverso quede visible desde afuera y asegurados en la parte superior izquierda del recuadro de seguridad (ya sea en un bolsillo dentro de la bolsa o debidamente fijados). Si el recibo se desplaza y no queda visible para la inspección de seguridad, será preciso abrir la bolsa y su contenido podrá ser confiscado (o el personal de seguridad podrá solicitar a la tienda de venta al detalle que se coloque en una nueva STEB en el puesto de inspección de seguridad).

Tripulación / Personal (Exentos)

Los artículos de uso personal (bebidas, perfumes, cosméticos, medicamentos y otros artículos similares), del personal que trabaja en el aeropuerto y que ingresan a las zonas de seguridad restringida, deberán estar sujetos a las mismas restricciones y excepciones que los artículos de los pasajeros.
Sin embargo, los elementos necesarios para realizar tareas determinadas quedan exceptuados de las restricciones que se aplican a los LAG, por ejemplo, necesarios para realizar tareas de limpieza o mantenimiento.

Quedan exceptuados de estos controles el personal de la Policía Nacional del Perú, Aduanas, Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación que cumplen funciones específicas en los Aeropuertos Internacionales y que requieren ingresar con LAG para cumplir dichas funciones.

Asimismo, están exceptuados los miembros de las tripulaciones de vuelo con uniforme y en servicio.

Comentarios

Se consideran LAG: Líquidos, aerosoles y geles que incluyen, sin carácter exclusivo: agua y otros bebestibles, sopas, jarabes, mermeladas, estofados, salsas y pastas; alimentos en salsas o de alto contenido líquido; cremas, lociones, cosméticos y aceites; perfumes; aerosoles; geles, comprendidos los geles para el cabello y la ducha; el contenido de envases a presión, comprendida la espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes; pastas, comprendida la pasta dentífrica; mezclas de sustancias líquidas y sólidas; rimel; brillo labial o bálsamo labial, y todo otro artículo de consistencia similar a temperatura ambiente.

Existen excepciones para los medicamentos, los alimentos para bebé y para los pasajeros con necesidades de dieta especial.
Cuando el personal de seguridad tenga dudas sobre excepciones que puedan darse a productos LAG, podrá solicitar a los pasajeros realizar una prueba de autenticidad de los LAG:

  •  Productos farmacológicos con receta médica, se deberá verificar si corresponde a la cantidad razonable requerida para realizar el viaje de acuerdo a lo indicado en la receta médica. Asimismo que el nombre del pasajero se encuentre en la receta médica o en una nota del médico y éste coincida con el nombre que figura en su tarjeta de embarque.
  • Productos farmacológicos que no requieren receta médica, se preguntará al pasajero sobre la naturaleza del producto, los motivos por lo que debe ser considerado esencial y la dosis/frecuencia con que debe administrarse. Sin embargo, las excepciones para los medicamentos sin receta (ej, aerosoles nasales, jarabe para la tos, solución para lentes de contacto, etc), debería restringirse a la cantidad de líquido que se permite, ya que no son esenciales.
  • Líquidos que no son productos farmacológicos: se preguntará al pasajero sobre la naturaleza del producto, y los motivos por lo que debe ser considerado exceptuado. Podrá ser rechazado el producto, si no se lo considera una sustancia segura.
  • Los productos para bebé podrán incluir: leche para bebé, agua esterilizada, jugo para bebé, alimento para bebé en forma líquida, de gel o de pasta, y toallitas húmedas.
  • Si se considera que el volumen de alimento para bebé es excesivo para la duración del viaje, no se permitirá llevarlo más allá del puesto de inspección.
  • Otro caso que puede presentarse, es el de un pasajero autista que “necesita” una lata de bebida de una marca en particular.
  • Líquidos que no son productos farmacológicos: se consideran en este grupo a aquellos que se utilizan con fines médicos, entre éstos está el hielo (que se utiliza para mantener la temperatura de órganos para trasplante, por ejemplo), la sangre y productos compuestos de sangre, e incluso los líquidos “normales” si su uso se justifica por razones médicas.
  • Cantidad Razonable: Entendiéndose por razonable al volumen que se requiere para la duración del viaje, teniendo en cuenta posibles demoras y desvíos.
Equipaje desde/hacia Uruguay – Argentina

Restricciones sobre cantidades

Todos los líquidos deben ser transportados en frascos con capacidad hasta 100 ml. o su equivalente de 3,4 oz, debiendo ser colocados en un embalaje plástico transparente sellado, con una capacidad máxima de 1 (un) litro, no excediendo las dimensiones de 20 x 20 cm.

Restricción sobre el tamaño del equipaje de mano

Ninguna.

Items de Duty Free

Los líquidos adquiridos en el ‘Free Shop’ o a bordo de las aeronaves, pueden exceder los límites estipulados anteriormente, siempre que estén envueltos en bolsas plásticas selladas y mostrando el recibo de compra con la fecha de inicio del vuelo, para pasajeros que embarcan o en conexión.

Comentarios

Artículos exentos: Medicamentos con la debida prescripción médica, alimentación para bebés, líquidos de dietas especiales en la cantidad necesaria para utilizar durante el vuelo, incluido eventuales escalas, debiendo ser presentados al momento de la inspección.

Equipaje desde/hacia Exterior – Argentina

Aquí se enmarcan todos los demás paises exceptuando a: (Reino Unido, Nueva Zelanda, Australia, Canadá;aacute y la Unión Europea)

Tenga en cuenta que por disposición de la P.S.A. su calzado será escaneado antes del puesto de Migraciones.

Artículos Permitidos

  • Bolsón o cartera de mujer.
  • Paraguas y/o bastón.
  • Material de lectura para el vuelo.
  • Moisés y alimento para niños para consumo durante el vuelo.
  • Sobretodo, abrigo o manta de viaje.
  • Cámara personal pequeña y/o prismáticos.
  • Teléfono celular o satelital.
  • Notebook, discman,walkman y similares.

Artículos NO Permitidos

  •     Todo tipo de líquido, excepto leche para bebé, cuyo contenido deberá ser probado por el acompañante.
  • Bebidas
  • Shampoo
  • Bronceador, cremas
  • Pasta dental.
  • Gel
  • Artículos de tipo cosmético o de similar consistencia.
  • Desodorantes.
  • Elementos contundentes.

Equipaje de Mano

Como siempre, recordemos que el equipaje de mano es el que está con nosotros en todo momento. En él deben llevar sus cosas de valor, Billetera, Dinero, Documentos (etc…) éste equipaje siempre deberá estar con ustedes en todo momento.

Medidas:Las medidas del equipaje de Mano deben ser 55 centímetros de alto, 35 centímetros de largo y 25 centímetros de grosor.

Peso (Clase Turista): 5kg “kilos”.

Peso (Clase Club Economy): 10kg “kilos”

Peso Vuelos Internacionales: 10kg “kilos”

Equipaje de Bodega

El equipaje de Bodega o Equipaje Registrado, es aquel que irá en la bodega del avión

Lles recomiendo muchísimo llevar una maleta resistente y nada frágil (o muy bien empacado) ya que las maletas no reciben un buen trato en los aeropuertos (incluso las he visto caer desde varios metros de altura desde la ventanilla del avión  :/ )

Las regulaciones de equipaje con Aerolíneas Argentinas es un poco complejo, trataré de dar un vistazo simple aquí.

Voy a listar los destinos que más nos preguntan, aunque me pueden solicitar alguno más o visitar la página de aerolíneas que tiene más información. Hay dos formas para llevar equipaje dependiendo del trayecto las cuales son:

Sistema Franquicia: Se denomina “Franquicia de Equipaje” a todo lo que el usuario de la aerolínea puede transportar sin cargo, se comprenden ambos equipajes como una “franquicia”  tanto el Equipaje de Mano como el de Bodega. Si usted se pasa del peso le cobrarán a parte por el exceso de equipaje.

Sistema por Piezas: El sistema por piezas se entiende como la cantidad de maletas y el peso de cada una que puede transportar el usuario, se cobra el exceso de equipaje también.

En ésta tabla entraré en detalles:

Entiéndase Kg = Kilos.

Desde Hacia Peso Turista / Maletas
Peso Club Economy Club Cóndor
Brasil Argentina 20 kg  (“franquicia”) 30 kg (“franquicia”)
Bolivia Argentina 20 kg (“franquicia”) 30 kg (“franquicia”)
Chile Argentina 20 kg (“franquicia”) 30 kg  (“franquicia”)
Colombia Argentina 30 kg (“franquicia”) 40 kg
México Argentina 2 piezas 23 kg. como máximo c/u 3 piezas 23 kg. como máximo c/u
Perú Argentina 20 kg (“franquicia”) 30 kg (“franquicia”)
Paraguay Argentina 20 kg (“franquicia”) 30 kg (“franquicia”)
Uruguay Argentina 20 kg (“franquicia”) 30 kg (“franquicia”)
USA  Argentina 2 piezas 23kg. como máximo c/u  2 piezas 32kg. como máximo c/u
Venezuela  Argentina 2 piezas 23kg. como máximo c/u  3 piezas 23kg. como máximo c/u

 

Algo fundamental a conocer son los elementos que no están permitidos llevar a Argentina en nuestro equipaje, para evitar éste problema aquí les adjunto la información de lo que está prohibido tanto en equipaje de mano como de bodega.

Existen 2 tipos de Prohibiciones:

Abordaremos las 3 prohibiciones aquí mencionadas para darles una idea general.

Prohibiciones Generales

Es importante respetar éstas normativas, además deben saber que tampoco pueden llevar alimentos perecederos (frutas, carnes, verduras) el SENASA también pone problema con los Enlatados (Jamón o cosas por el estilo).

Prohibido en Equipaje de Mano

No podrá EMBARCAR estos objetos con usted o en su equipaje de mano:

Prohibido en Equipaje de Mano y Bodega

Se considera Exceso de Equipaje a todo lo que supere en kilos de peso o en cantidad de piezas, la franquicia establecida.

El Exceso de Equipaje se cobrará al inicio del viaje, en el momento del embarque, aplicándose los siguientes cuadros tarifarios, según el tipo de vuelo y el Sistema de Franquicia.

Vuelos desde/hacia Argentina y: Costo de Exceso por Kilo
Montevideo (MVP) USD 6
Punta del Este(PDP) USD 6
Puerto Alegre (POA) USD 6
Santa Cruz de la Sierra (SRZ) USD 6
Asunción (ASU) USD 8
Florianópolis (FLN) USD 8
Río de Janeiro (RIO) USD 8
San Pablo (SAO) USD 8
Santiago de Chile (SCL) USD 8
Salvador de Bahía (SSA) USD 8
Bogota (BOG) USD 8

Ésta información ha sido tomada del sitio de Aerolineas Argentinas, si desea más información consulte aquí.

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