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Ciudadanía Argentina

Nacionalidad Argentin

La ciudadanía no es un juego, no es un carné de un club ni tampoco algo para coleccionar. Solo aquellos extranjeros que realmente sienten esta patria y desean formar parte de ella deben hacer la solicitud.

Obtener la ciudadanía Argentina no es un juego, es un tema de responsabilidad y Amor por la patria, además no es necesario para trabajar o vivir en Argentina.

Si usted es extranjero y desea hacerse ciudadano Argentino, sepa bien que es un trámite que no se requiere para permanecer en la Argentina o para trabajar. Para esto basta con que tramite la Residencia Temporaria.

Debe tener bien claro porqué desea hacerse ciudadano, hay muchos motivos, quizás el más recurrente sea el amor por la Argentina y el haber vivido experiencias en ella.

Hay muchas personas que piensan que obtener la ciudadanía Argentina es como estar en un club o tener la tarjetita de afiliación a “algo”, o sólo por tener algo que contar.

Es un tema de responsabilidad social, cultural y patria con la Argentina, sus habitantes, sus tierras, sus aguas, etc.

Por éste motivo, se espera mucha responsabilidad del extranjero que desea nacionalizarse, que comprenda el orgullo y responsabilidad que recaen al ser ciudadano Argentino.

Requisitos del trámite para la Ciudadanía Argentina

En caso de tener hijos y/o conyuges argentinos debe adjuntar la documentación probatoria. (Certificado de Matrimonio y/o Certificados de Nacimiento)

¿Quiénes tienen derecho a Realizar el trámite? (Ciudadanos por Naturalización)

– Los extranjeros mayores de diez y ocho años que residieren en la República dos años continuos y manifiesten ante los jueces federales de sección su voluntad de serlo.

– Los extranjeros que acrediten dichos jueces haber prestado, cualquiera que sea el tiempo de residencia, algunos de los servicios siguientes:

* Haber desempeñado con honradez, empleos de la Nación, o de las provincias dentro o fuera de la república.

* Haber servido en el ejercito en la escuadra, o haber asistido a una función de guerra en defensa de la Nación.

* Haber establecido en el país una nueva industria o introducido una invención útil.

* Ser empresario o constructor de ferrocarriles en cualquiera de las provincias.

* Hallarse formando parte de las colonias establecidas o que en adelante se establezcan, ya sean en territorios nacionales o en los de las provincias con tal de que posean en ellas alguna propiedad raíz.

* Habitar o poblar territorios nacionales en las líneas actuales de frontera o fuera de ellas.

* Haberse casado con mujer argentina en cualquiera de las provincias.

* Ejercer en ellas el profesorado en cualquiera de los ramos de la educación o de la industria.

 

¿Existen Motivos que no permitan tramitar la Ciudadanía Argentina?

* No poseer nociones elementales del idioma castellano.

* Haber sido condenado por delito común, ya fuere en la Argentina o en el extranjero, a pena privativa de libertad mayor de 3 años, salvo cuando se tratara de delitos culposos.

* Profesar doctrinas que combatan la forma de gobierno de la República y hacer pública exteriorización de las mismas.

* Haber desarrollado actividades que comprometan la seguridad nacional, la paz social o el orden público.

* Ser o haber sido ciudadano o súbdito de un país que se encuentre en guerra contra la Nación Argentina.

* No tener ocupación, medios de subsistencia o buena conducta.

 

¿Si ya obtuve la ciudadanía Argentina me la pueden cancelar?

Sí, hay varios motivos, entre ellos:

 

* Traición a la Patria.

* La Prestación del Servicio Militar en un país extranjero, sin previo permiso del Poder Ejecutivo nacional, cuando no existiere regulación por tratado internacional en vigor para nuestro país que contemple el caso expresamente.

* Ausentarse del territorio argentino con ánimo de no volver. La intención de no volver se presume cuando transcurra más de 2 años sin regresar a la República Argentina, salvo que antes de vencer ese plazo, el naturalizado se presente en el Consulado Argentino, expresando su propósito de mantener la ciudadanía argentina. Esa declaración se asentará y firmará en la carta de ciudadanía por el cónsul, valdrá por dos años más y no podrá ser renovada. La ausencia del territorio argentino no implicara la pérdida de la naturalización, si obedece al ejercicio de una función pública argentina.

* No cumplir con el servicio militar en las fuerzas armadas en oportunidad que corresponda una vez entregada la carta.

* Realizar dentro o fuera de la República actos que importen el ejercicio de su ciudadanía de origen.

 

¿En dónde se realiza el trámite de la Ciudadanía Argentina, cuánto cuesta y cuánto tarda?

C.A.B.A:  Tribunales de la calle Talcahuano Ofc. 2083

(En otras localidades debe acudir al Juzgado Federal correspondiente cerca de su domicilio)

El trámite tarda entre 12 a 18 Meses (1 año, 1 año y medio), pasado éste período de tiempo recibirá la carta de ciudadanía. Tras lo cual debe ir al RENAPER a buscar su nuevo DNI el cuál tendrá una nueva numeración (ya que va con la numeración de ciudadanos Argentinos).

* Recuerde que en otras provincias pueden haber requisitos adicionales, por ejemplo le pueden solicitar el DNI para Extranjeros legalizado por un juzgado de paz de la localidad donde usted reside, un certificado de antecedentes penales, entre otros.

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