Un Colombiano nos contaba hace poco que a uno de sus amigos le prohibieron el ingreso a Argentina si no tenía una bolsa de dinero y una carta de invitación no podía ingresar a través del paso fronterizo en la Quiaca, Bolivia.
Nos pusimos en la tarea de averiguar si realmente existe alguna nueva restricción y al parecer así es.
Anteriormente no teníamos problemas para circular libremente por los pasos fronterizos vía terrestre, aunque al parecer se extenderá también por vía aérea.
Todas éstas nuevas reglas van a beneficiar y perjudicar a muchos.
La parte positiva de todo ésto es un mayor control sobre las personas que ingresan a la Argentina y sus motivos.
La parte negativa, es que las personas honestas se encontrarán con algunas dificultades para hacer su viaje a la Argentina.
Escribimos a migraciones para determinar sobre qué se trata el tema, aunque no sabemos con exactitud aún si será también para los estados asociados al MERCOSUR y ésto es lo que nos contestan:
Le comunicamos que para ingresar al país deberá acreditar a la autoridad migratoria los requisitos del turista:
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- pasaje de ida y vuelta
- reserva de hotel (deberá ser turístico) por la cantidad de días de su estadía
- dinero suficiente para solventar sus gastos
- reconocida tarjeta de crédito internacional
- poseer un trabajo comprobable en su país de origen, que el mismo demuestre su arraigo con aportes jubilatorios o credencial del trabajo
- circuito turístico o lugares que desea visitar,
- en caso de poseer familiares directos en el país deberá aportar sus datos.
- No es necesaria la carta de invitación.
Sí será categórico para su admisión los elementos para acreditar fehacientemente y en forma concreta y sin lugar a dudas, que la persona viaja por motivos de turismo. El conjunto de todos estos elementos serán evaluados por otras instancias superiores, y de dicha evaluación se resolverá cada caso en particular. Cualquier duda puede llamarnos al 43170388.
ATTE AREA DE COORDINACION OPERATIVA
DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO
DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES
Teniendo ésto en mente nos surgen dos preguntas importantes: ¿A qué nacionalidades le aplica ésta normativa? (al parecer a todas por el momento) y ¿Será únicamente para quienes vienen como turistas? (Si venimos con intenciones de estudio o trabajo, ¿será distinto?)
Estaremos siguiendo el tema para tratar de resolver éstas dudas y lo actualizaremos en éste mismo post.
Nueva información sobre éste tema disponible en: Restricciones de Ingreso a la Argentina