Gente del foro, nuevamente en el ruedo, y como dije, coméntoles lo acaecido: buscando la forma de hacer las cosas de manera correcta para extranjeros NO Mercosur, puedo hoy decir que tengo (junto a mi novia) un Master en Trámites Migratorios: resulta que, buscando alguna carrera de grado en universidades, apareció la posibilidad laboral para ella, la cual no es sencilla de encausar: para que alguien te emplee, siendo extranjero, primeramente el EMPLEADOR debe INSCRIBIRSE en el Registro Nacional Único de Requirentes Extranjeros, ubicado en el mismo edificio de Migraciones, y debe llevar una serie de papeles, a saber: DNI original y fotocopia, certificado de CUIT (o CUIL en caso de querer contratar a la persona para tareas domésticas, no es necesario que esté inscripto quien te emplee como empleador SOLO EN ESTE CASO -por lo que entendí-), certificado de domicilio expedido por la Policía (comisaría que tenga jurisdicción en el barrio del empleador), certificado de Antecedentes Penales, y seguramente algún otro papel que me estaré olvidando. Una vez que el empleador se inscribe en en Registro … blablablá, debe celebrar un precontrato laboral indicando duración del mismo, horarios de trabajo, ubicación de las labores, asignación ofrecida, bajo que Convenio de Trabajo se contrata a la persona, mencionar en el precontrato el número de inscripción anteriormente gestionado, y otros detalles (hay un modelo del precontrato en la web de Migraciones). Este debe ser firmado en Migraciones por las partes, o se puede llevar certificado por escribano. Bien… una vez logrado este precontrato, el interesado en querer recibir la residencia temporal, debe presentarse con una batería de documentos, a saber: DNI (y pasaporte) con fotocopias, Certificado de domicilio (también expedido por la Policia), Certificado de antecedentes penales del pais de origen, y certificado de antecedentes de Argentina, 2 fotos carnet 4×4 con fondo blanco y de frente, el precontrato firmado y certificado, y ya me olvidé cuales otros papeles mas (prometo agregar la lista completa). Con este trámite, generan un CUIL provisorio, y, cuando logren verificar que realmente estás trabajando en el lugar declarado, comienza a correr el plazo para recibir el DNI (y nuevo CUIL) en el domicilio declarado. Con el CUIL provisorio, se debe ir a AnSES para lograr el alta en la seguridad social. Una vez logrado este trámite, el empleador puede al fin dar de alta como empleado al interesado, generando el alta del trabajador. Con este alta, se debe volver a Migraciones y presentarlo, para terminar el trámite (temporalmente). Todo esto no puede demorar mas de 30 días (entre la generación de la residencia precaria y la presentación del alta en Migraciones), sino, el trámite caerá, y habrá que volver a iniciarlo. Ahora estamos a la espera que pasen por el domicilio laboral para recibir por fin (luego del tiempo normal de recepción, que es de entre 30 y 60 días) el DNI, documento con el cual ya puede decirse que es una residente temporal. Con el papel de residencia precaria, ya está justificada su estadía, pero en caso de no resolverse el DNI, la precaria tiene un vencimiento, con lo cual hay que revalidar la misma ante Migraciones.
Resumiendo: es mas fácil lograr este trámite, siendo habitante de un país perteneciente al Mercosur (no entiendo el por qué de esta DIFERENCIACIÓN entre extranjeros). El trámite es posible, no es dificil, pero el encontrarse con toda la documentación es realmente un trastorno. ANIMO, todo llega! En cuanto tenga la data mas ordenada, la volveré a postear.
Saludos y espero sea de utilidad la info!
Alejandro