RADICACIÓN PERMANENTE EN ARGENTINA PARA PERUANOS – Residencia Permanente Argentina
Puede solicitar el cambio de “Residente Temporario” a “Residente Permanente” después de haber transcurrido 2 (dos) años de haber obtenido la “Residencia Temporaria” y puede presentarse hasta 60 días antes de su vencimiento, en el Sector de Residencias MERCOSUR (Ed4) con la siguiente documentación:
Pasaporte o Documento Nacional de Identidad o Certificado de Nacionalidad vigente.
Antecedentes de la Policía Federal Argentina (Azopardo 620, Ciudad Autónoma de Bs. As.) o Registro Nacional de Reincidencia (Tucumán 1353, Ciudad Autónoma de Bs. As. solo exigible a mayores de dieciocho (18) años.
2(dos)fotos de 4×4
Tasa de cambio de categoría $ 300.00 pesos argentinos.
Los menores de edad que soliciten cambio de categoría junto a sus padres deberán acompañar: Partida de nacimiento legalizada y 2 (dos) fotos 4×4.
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IMPORTANTE:
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Toda documentación expedida en idioma extranjero deberá contar con la traducción al castellano por Traductor Público Nacional (Art. 6º Ley 20305) y legalizada por el Colegio de Traductores en ele cual el profesional estuviera matriculado.
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Partidas de Nacimiento deberán contar con la legalización del Consulado Argentino en Lima – Perú.
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Si un familiar obtuvo residencia legal al amparo de su radicación, deberá acompañar la documentación que acredite el vínculo para el cambio de categoría de las misma (partida de nacimiento y/o matrimonio).
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La documentación a presentar deberá ser original e ir acompañada de su respectiva fotocopia, a fin de proceder a su certificación.
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La Dirección Nacional de Migraciones podrá solicitar, si así lo considerase necesario, documentación adicional a la detallada.