Reply To: Trabajo para extranjeros

#22639
Juan F
Participant

Hola a todos!
Tengo una duda que creo que sabréis ayudarme por aquí. Soy español y legué hace dos semanas a Bs As y he encontrado un trabajo pero, obviamente, me solicitan el CUIL. Tengo cita en Migraciones pero me piden un contrato o precontrato para la residencia y así poder optar al DNI y CUIL.
La pregunta es: Si no tengo CUIL no puedo tener contrato por lo que ¿Cómo hago? ¿Qué tengo que presentar en Migraciones, un contrato redactado pero sin el CUIL?
En la empresa me dan esto:

CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO.
PERIODO DE PRUEBA INICIAL (Art. 92 Bis L.C.T. t.o. Ley 25.877)
En……………………………………………………. a los ……….días del mes de ……………………………………. del año ……………., entre XXXXXXX SRL con domicilio en …………………………………….. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, representado en éste acto por ………………………………………………., por una parte denominada en adelante “EL EMPLEADOR”, y por la otra ……………………………………………………………., D.N.I. Nº ……………………………, C.U.I.L. Nº…………………………., con domicilio en ………………………………………………….., de la Ciudad de ……………………….., Provincia de …………………………………., en adelante denominado ¨EL TRABAJADOR¨, convienen en celebrar el presente ¨CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO¨ con ¨PERIODO DE PRUEBA¨, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL EMPLEADOR contrata a EL TRABAJADOR a partir del día …………..del mes de ….………..del año ……………………….. a través del presente Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado, que se celebra a Prueba por los primeros 3 meses, en un todo de acuerdo con el Art. 92 Bis de la L.C.T. (t.o. según Art. 2º Ley 25.877).
SEGUNDA: EL TRABAJADOR realizará tareas de ……. ………………………, con categoría laboral de ……………………………….., percibirá una remuneración mensual de $ ……………- (pesos ……………………………….), y cumplirá su jornada de labor durante los días …………….. ……………………………, en el horario de …………. ……………………………………-, fijándose como lugar de prestación de las tareas ……………………………………………
TERCERA: Resulta aplicable a la relación y contrato de trabajo que se celebra por el presente, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130 /75 –
CUARTA: Las partes acuerdan que, tal como lo dispone la normativa citada, durante el lapso de 3 meses indicados en la cláusula primera, cualquiera de ellas podrá extinguir la relación laboral, sin expresión de causa, debiendo preavisar a la contraparte con una anticipación no menor a 15 días.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados ut-supra.

…………………
Empleador o Representante Legal

………………. Firma del Trabajador

¿Tendría que rellenar eso sin el CUIL?

MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO!!