October 27, 2012 at 9:22 am
#10894
Miguel
Keymaster
Hola Rodry, me alegro por tu viaje.
Entiendo que si llevas un monto igual o mayor a 10.000 dólares (mayores de edad)
o si llevas un monto igual o mayor a 5.000 USD (menores de edad)
deberás declarar ése dinero a través de un formulario.
Si tenés 9.000 USD no pasa nada, los llevas y punto.
Ojo que cuentan como divisa extranjera las joyas y metales preciosos 😉
Por otro lado, es la interpretación que yo le doy a las normativas del AFIP sobre el control en el ingreso de divisa extranjera, fijate vos mismo:
http://www.afip.gob.ar/turismo/
Abrazo!